Nota al Intendente Pulti


Mar del Plata, 25 de julio de 2012
Sr. Intendente Municipal 
del Partido de Gral. Pueyrredon
CPN  GUSTAVO  PULTI
S                   /                D
                                     Ref. Conjunto Antigua Estación Norte de Ferrocarril /
Predio Nueva Estación “Ferroautomotora”

De nuestra mayor consideración:
           
Los abajo firmantes nos dirigimos a Ud. a fin de solicitarle realice las gestiones necesarias como mandatario de los habitantes de la ciudad de Mar del Plata y como responsable de la preservación y resguardo del patrimonio urbano, para la consecución de dos objetivos fundamentales:

·        Que cesen y se reviertan las acciones que han significado la degradación, destrucción, vandalismo, y saqueo de los bienes patrimoniales arquitectónicos, inmuebles y muebles correspondientes al conjunto Estación Ferroautomotora, declarados y no declarados; así como aquellas que han afectado el patrimonio natural del Predio correspondiente a dicho conjunto. Hacemos hincapié en que las acciones mencionadas han trasgredido la legislación vigente (Incisos A, B, C y D  de la presente).
·        Que se concrete la cesión al Estado al Municipio de General Pueyrredon del predio, los bienes, el verde y la totalidad de los inmuebles y equipamientos ferroviarios que serán desafectados como consecuencia de la Terminal de Trenes en construcción, con la finalidad expresa de ser destinado a Parque Público y Centro de Actividades Recreativas, Cívicas y Culturales (Inciso E de la presente).

Luego de la capilla Santa Cecilia, el segundo bien patrimonial más relevante de la ciudad, por la suma de sus valores históricos, simbólicos y arquitectónicos, lo constituye el Conjunto integrado por el edificio principal de la Estación Norte de Ferrocarril y la totalidad de los elementos que definen el paisaje ferroviario que la acompaña. A pesar de esta significación –sobre cuyos fundamentos, en términos de aporte a la identidad de la ciudad, así como sobre los criterios de intervención que en base a ellos debieran aplicarse podremos ampliaremos oportunamente– venimos observando su sistemática alteración y destrucción.
Desde el inicio de los trabajos correspondientes a la construcción de la Estación Ferroautomotora, hemos asistido a la remoción de galpones, cabinas de señales, cartelería original, tornavías, y más recientemente a la construcción de una serie de estructuras que agreden la materialidad y el contexto tanto del edificio principal como del resto de los elementos de valor que aun se conservan. Los intentos reiterados, desde distintos sectores de la comunidad, para evitar estas acciones han resultado infructuosos, y los reclamos ante los organismos pertinentes (las áreas con competencia inmediata) no reciben la rápida respuesta que la situación requiere.
Entendemos entonces que se hace imperioso que el Ejecutivo a su cargo tome cartas en el asunto y demande el cumplimiento de la normativa que ampara este patrimonio, como así también encabece las gestiones que persigan la protección de todo aquello no contemplado aún por normativa específica, pero cuya protección patrimonial se encuentra reclamada por la comunidad.
Para ampliar lo antedicho, exponemos a continuación la serie de incumplimiento de normativas y disposiciones, interrupción de procesos de gestión, y falta de respuestas a los reclamos presentados, que conducen a la crítica situación presente del Conjunto Patrimonial en cuestión.

A) El Código de Preservación Patrimonial de la ciudad (Ord. 10.075 y modif.), establece en su Art. 2 la tutela oficial de los bienes patrimoniales dentro del Partido de General Pueyrredón, y entre sus objetivos figura el de “organizar las acciones indispensables para que se realice el relevamiento, registro, inventario y valoración de edificios, sitios, conjuntos, monumentos, documentos y todos aquellos elementos que se consideren de valor testimonial. El valor testimonial del patrimonio industrial y ferroviario y las reiteradas manifestaciones de preocupación por la preservación del mismo, hace inexcusable el incumplimiento de este objetivo.
Más aún, respecto a aquello que sí está inventariado y valorado como el Edifico Principal de la Estación, hemos observado que no se está exigiendo el cumplimiento de lo establecido en el Art. 8º de este Código en cuanto a que “Toda acción a emprender sobre los bienes declarados de interés patrimonial que implique cualquier modificación, ampliación, conservación, restauración, refuncionalización, cambio de uso o destino, o cualquier alteración por el concepto que fuere, deberá ser previamente autorizada por la Municipalidad, con intervención de la autoridad de aplicación”; y a pesar que el Art. 10º aclara que “no serán de aplicación para los inmuebles de interés patrimonial las previsiones del punto 2.4.2.c) del Reglamento General de Construcciones (opción de presentación de planos sin solicitud de estudio ni previa aprobación)”.
El incumplimiento de esta instancia ha permitido las ampliaciones correspondientes al nuevo semicubierto del Andén, cuyas columnas interfieren con la materialidad misma del semicubierto original.
B) Por su parte el Decreto Nacional 1.063/82 establece que “Los funcionarios públicos a quienes corresponda la decisión acerca del destino de los inmuebles de propiedad del Estado cualquiera sea su naturaleza jurídica, de una antigüedad de más de cincuenta (50) años, no podrán autorizar modificación alguna de dichos inmuebles, ni su enajenación, sin la consulta previa de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos”.
Si bien las obras que se realizan en y en torno al edificio en cuestión son encomendadas desde una orbita distinta a la municipal, el cumplimento de este Decreto es una exigencia concurrente a las emanadas de la Ord. 10.075 que el Municipio debiera hacer cumplir a fin de lograr la preservación del Patrimonio Histórico del Partido de General Pueyrredon.
C) En el mismo sentido puede mencionarse lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas de la Licitación Pública Nacional para la “Construcción, gerenciamiento, administración y explotación integral Incluyendo sus actividades accesorias y complementarias de la nueva Terminal Multimodal de Pasajeros Ferroautomotor en la Ciudad de MAR DEL PLATA, Provincia de BUENOS AIRES” (aprobado por Resolución Nº 643 de fecha 18 de agosto de 2006), que en su Artículo 2.4.7 que establece que la “restauración y recuperación del Edificio Histórico” se hará a través de un proyecto integral que contemplará “la liberación de estructuras que afecten la lectura y funcionamiento del conjunto; la restauración de sectores del edificio afectados; el proyecto de refuncionalización; la recuperación de acabados y tecnologías perdida; la conservación del equipamiento de la estación y de las estructuras de hierro forjado singulares y el reintegro de elementos perdidos”.
En el mismo ítem se especifica también que el Proyecto deberá fundamentarse en una estructura metodológica, la cual está claramente detallada, y elaborase en base “al respeto y consideración de este bien patrimonial marplatense de gran significado no sólo en al ciudad de Mar del Plata, sino también en el desarrollo y actividad del transporte ferroviario nacional, incorporando asimismo la consideración de los principios emanados de las Cartas Internacionales en la materia”.
De las acciones mencionadas ut supra, claramente se desprende que no se está dando cumplimiento a esta especificación, ya que entre otras cosas se han removidos o dañado capas históricas de importancia para el conjunto o agregado estructuras que afectan significativamente la lectura y la materialidad del Edificio Histórico.
Tampoco se está dando cumplimiento, en concordancia con lo manifestado en el punto A, al Artículo 4.2.0.1 del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales del “LLAMADO A  LICITACION PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA CONTRATACION DE  PROYECTO DE INGENIERIA Y EJECUCIÓN DE OBRA DE UNA NUEVA PLAYA DE VIAS, PLATAFORMAS FERROVIARIAS Y EDIFICIOS OPERATIVOS DE LA ESTACION FERROVIARIA DE LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES” (aprobado por Resolución Nº 618 de fecha 03 de agosto de 2006), que establece que “La empresa contratista deberá realizar toda la documentación gráfica y escrita, tramitaciones, presentaciones y pagos de derechos ante las empresas de servicios, organismos nacionales y dependencias de los Gobiernos local, provincial y nacional, debiendo presentar a la Dirección / Inspección de Obra la documentación aprobada por las mismas”. A la fecha no se advierte que se hayan realizados las consultas pertinentes al Municipio de General Pueyrredón y a su Área de Preservación Patrimonial.
D) Estos incumplimientos han sido constatados a partir de las instancias de denuncia y solicitud de intervención de los organismos pertinentes, correspondientes a las presentaciones realizadas por la Asociación Civil “Marplatenses Defensores del Patrimonio Arquitectónico y Urbano” con fecha 25-01-12 en la Secretaría de Planeamiento Urbano, con fecha 16-02-12 en Secretaría Privada (Nota 13132), y copias dejadas el 09-04-12 a los Señores Concejales, y que motivaran el mismo día la presentación por parte del Concejal Maximiliano Abad de un Proyecto de Comunicación (Exp. HCD 1281-U-2012), que aún no ha sido tratado por la Comisión de Obras, donde fue girado en primer término.
Esta misma asociación, con fecha 25-01-12 se dirigió a la CNMMyLH consultando y solicitando intervención. De la respuesta de este organismo, se desprende la trasgresión al Decreto 1063/82 por cuanto manifiesta que se trata de “intervenciones inconsultas” las llevadas a cabo en el edificio y se dirige al Secretario de Transporte de la Nación solicitando su intervención en resguardo de los bienes del Estado Nacional y de la autenticidad del patrimonio ferroviario
E) En cuanto a las instancias de gestiones en procura de la adecuada preservación del patrimonio histórico y arquitectónico del lugar, nos remitiremos primeramente a las realizadas por la Asociación Civil “Mar del Plata - Mosaico de Identidades”, desde el momento mismo en que se iniciaron las obras de la Ferroautomotora en los terrenos de la Estación Norte. Estas gestiones en una primera instancia lograron comprometer la voluntad del Sr. Intendente y del titular de la Empresa Adjudicataria de las Obras para procurar la preservación tanto de las Viviendas Patronales ubicadas en la San Juan entre 25 de mayo y 9 de julio, del Galpón de Maquinas ubicado en Av. Luro y Chaco, y del abundante patrimonio forestal
Las gestiones de esta Asociación avaladas por el Consejo Municipal de Cultura del PGP prosiguieron en el transcurso de mayo y junio de 2011, cuando en reuniones realizadas con un equipo trabajo de la Secretaría de Cultura, se trató el tema “Revalorización de la Av. Luro, eje fundacional de Mar del Plata, preservación del patrimonio y creación de un  parque destinado al mejoramiento del medio ambiente, la recreación y a actividades  cívico culturales. En la reunión llevada a cabo el 6 de junio se acordó elevar a las autoridades el proyecto de parque a realizarse sobre la avenida Luro entre la Av. Jara y calle San Juan, incluyendo el “Depositario de la Memoria Barrial” en el “Galpón de Locomotoras”. Esta presentación se definiría en una nueva reunión acordada para el 13 de junio de 2011, pero la misma no se efectivizó y desde entonces no hubo nuevas instancias donde se permitiera proseguir con el proyecto.

Asimismo, del Primer Congreso Argentino de Cultura realizado en Mar del Plata en agosto de 2006, por las conclusiones de sus respectivos foros y a través de la declaración final del mismo y la “CARTA DE MAR DEL PLATA”,  lograron definirse las siguientes recomendaciones que se materializarían junto con este proyecto:

•Recuperar los espacios públicos y en desuso para la promoción de centros culturales        que preserven el patrimonio histórico y promuevan la participación sociocultural.
•Realizar actividades básicas para fortalecer la identidad
•Recuperar los vínculos entre las personas, entre estas y su tierra y su pasado común
•Expandir la capacidad de evaluar y revalorizar el patrimonio
Considerar el patrimonio como herramienta generadora de memoria e identidad y valores, relacionados con la conciencia histórica efectual para la construcción del proyecto nacional.

Una nueva instancia propositiva se abrió en agosto de 2011, cuando el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical presentó un Proyecto de Ordenanza (Exp. 1791-E-2011) para crear bajo la órbita de la Secretaría de Cultura el "Museo del Transporte" en la Antigua Estación de Luro e Italia. Este proyecto, que concuerda con lo expresado oportunamente por el Sr. Intendente, en cuanto al destino cultural del Edificio Histórico, no ha logrado sin embargo concluir su tratamiento por las comisiones del HCD a las que fuera girado. Mientras tanto, asistimos a la construcciones de una estructura invasiva sobre el andén original de la Estación que resulta injustificada, desde el punto de vista funcional, si es que no se está pensando en un destino distinto al anunciado.
Como puede ver, el destino para Actividades Recreativas, Cívicas y Culturales es una demanda de larga data que cuenta con la adhesión de gran parte de la población y que ha sido encabezada por organizaciones de la sociedad civil como Mar del Plata Mosaico de Identidades, el Equipo de Recursos Urbanos (ERU, perteneciente a la FAUD-UNMDP) con la colaboración de un grupo de Gestores Culturales de la carrera de TUGC, FAUD; el CMC del PGP, o más recientemente como Marplatenses Defensores del Patrimonio Arquitectónico y Urbano. De lograrse este objetivo, los beneficios para el área y la ciudad serán más que relevantes e innecesarios de enunciar.
Por todo lo expuesto, los abajo firmantes en forma conjunta, reiteramos la necesidad de su urgente intervención a fin de requerir ante quienes corresponda el inmediato cese de las acciones de alteración y destrucción del Conjunto Estación Norte (Edificio principal y obras complementarias de valor histórico: Viviendas patronales; galpón de maquinas; cabinas de señales; cartelería, sistema mecánico de señales y mobiliario original, vegetación, etc.), y el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales, del Decreto Nacional 1.063/82 y del Art. 2.4.7 del Pliego de Especificaciones Técnicas correspondiente a la Licitación Pública Nacional aprobada por Resolución Nº 643 de fecha 18 de agosto de 2006.
Solicitamos así mismo tenga a bien concedernos una pronta entrevista para poder ampliar los términos de la presente.
            Consideramos que le corresponde a Usted abogar por todo lo expuesto y tenga la seguridad que MAR DEL PLATA lo acompañará.
Sin otro particular, saludamos a Usted muy atentamente.